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¿Cuánto me cuesta un juicio por alcoholemia?
La alcoholemia más económica es la que se produce por un control de alcoholemia, sin accidente y sin tener antecedentes penales y se celebra en un juzgado de guardia (juzgado de instrucción) a través de un juicio rápido (sin declaración previa). Tiene un coste de 500 € + iva. A partir de ahí, los precios van aumentando dependiendo de la gravedad de las lesiones o daños producidos (en caso de accidente) de los antecedentes penales y del número de delitos que se imputen.
¿Por qué debería contratar a JR Abogados?
Usted puede y debe contratar al abogado que más confianza le de. La relación abogado-cliente se basa siempre, en la confianza. En JR Abogados todos los abogados están especializados por lo que contará con la mejor defensa penal posible. El hacer lo mismo una y otra vez hace que sea muy difícil que nos encontremos con una situación que no sepamos controlar. Nuestros clientes son nuestra mejor carta de presentación.
¿Qué pasa con mi seguro?
Si le pararon en un control de alcoholemia su seguro no se enterará de nada, pero si ha tenido un accidente el propio juzgado avisará a su aseguradora por ser el responsable civil directo para que se haga cargo de las indemnizaciones (si las hubiere). Si al final, usted acaba condenado, tendrá que abonar las cantidades aportadas por su seguro al haber incumplido la póliza y conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
He tenido un accidente y el coche no era mio.
Cuando el/la conductor/a investigado/a no es propietario/a del vehículo y ocurre un siniestro, el juzgado tiene que hacer un ofrecimiento de acciones al dueño del coche por si quiere reclamarle los daños al conductor del mismo. En muchos casos, es un familiar por lo que no suelen reclamar nada, pero aún así, el titular del coche es llamado por el juzgado.
¿Puedo fraccionar la retirada del carnet si me lo retiran?
En JR Abogados hemos fraccionado muchas retiradas de carnet, pero desde hace unos años, todos los juzgados de España han vetado esa posibilidad. La prohiben radicalmente, cosa que nos parece injusta puesto que no está prohibido en nuestra legislación y, además, sí que se permite aplazar el pago de la multa. No obstante, para desgracia de nuestros clientes, esa posibilidad, a día de hoy, está descartada.
¿Puedo entrar en prisión?
Todos los delitos contra la seguridad vial tienen penas de prisión. No Obstante el Código Penal, en muchos casos ofrece opciones más «generosas» como son el pago de una multa y los trabajos en beneficio de la comunidad. El peligro real de entrar en prisión se da cuando: 1. Hay un accidente grave con lesionados, fallecidos o daños materiales graves, 2. Eres reincidente (tienes antecedentes penales no cancelados, 3. Te niegas a realizar la prueba de alcoholemia, 4. Tienes una tasa de alcohol muy elevada.
¿Puedo cambiar de abogado?
Muchos de nuestros clientes nos llaman preocupados porque le dijeron a la policía que querían un abogado de oficio. No hay problema alguno, si quiere que defendamos sus intereses en el juzgado JR Abogados se encarga de todo. Tanto si ya tiene designado un letrado de oficio y quiere cambiar, como si aún no lo tiene, usted no tendrá que preocuparse de nada, gestionaremos el cambio de abogado y se lo comunicaremos al juzgado para que usted cuente con el abogado que quiere el día del juicio.
Me han puesto una multa por alcoholemia y también un juicio rápido ¿tengo que pagar la multa?
Si ha dado positivo en un control de alcoholemia la policía o la guardia civil le habrá puesto una multa con retirada de puntos en la que con un bolígrafo indica «no apta para cobro por estar incurso en causa penal», y además le habrá dado una citación para presentarse en el juzgado con abogado. En ese caso, no tiene que pagar la multa administrativa, puesto que si al final, acaba usted condenado por el juez, será usted castigado doblemente por la vía penal y por la vía administrativa y eso no está permitido en nuestro ordenamiento jurídico. Solo tendrá que pagar la multa en caso de que sea absuelto por el juzgado.
¿Qué significa la conformidad?
Muchos juicios rápidos acaban en el juzgado de guardia sin necesidad de ir a un juicio penal. Esto ocurre cuando el abogado decide que lo mejor para su cliente es reconocer los hechos y declararse culpable. Esto ahorrará mucho trabajo a la administración de justicia y, por ello, «premia» al conductor con la rebaja de un tercio de la condena que le pida el fiscal.
Me imputan un delito de alcoholemia pero yo no conducia ¿qué puedo hacer?
Este caso es un «clásico» en el despacho. En muchas ocasiones la policía imputa un delito a un conductor cuando no tiene pruebas de que era el que conducía, simplemente porque no le han visto. La casuística es extensa y cada caso hay que analizarlo con sumo cuidado dado que los jueces y los fiscales no son tontos y en muchos casos las excusas que se dan son tan pelegrinas que acaban siempre en una condena penal. Es mejor ponerse en manos de expertos antes de arriesgarse a una situación incierta.